12 abril a 30 junio. Periodo establecido sin realizar labores agrícolas

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha ha publicado una Resolución por la que se concretan distintos aspectos de las medidas obligatorias relativas a la concesión directa de subvenciones de pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000.

En concreto, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha acortado el periodo de tiempo sin realizar labores agrícolas para los agricultores que reciben pagos compensatorios en los territorios enmarcados en la Zona A del Plan de Gestión de Zonas de Especial Protección para las Aves de Ambientes Esteparios (ZEPA). Así, el periodo de tiempo sin realizar labores agrícolas se establece del 12 de abril al 30 de junio.

Desde la Dirección General han tenido conocimiento que no se han terminado de ejecutar todas las labores agrícolas previstas en estas fechas, y de acuerdo con las peticiones generalizadas de la mayor parte de las asociaciones de agricultores.

Este periodo puede ser modificado anualmente por comarcas agrarias y en espacios determinados, en función de las circunstancias meteorológicas de cada campaña y de la profusión de malas hierbas en barbechos. Las labores afectadas son: retraso de la recolección hasta el 30 de junio, y retraso en el empacado y recogida de pajas hasta el 15 de agosto, salvo que el empacado se realice simultáneamente a la cosecha.

Además, esta medida también comprende el alzado de la rastrojera que con carácter general se realizará a partir del 15 de octubre, y el no efectuar labores en las parcelas que permanezcan en barbecho hasta el alzado para su cultivo.

Dicho periodo podrá ser modificado de forma excepcional, previa autorización, si las circunstancias de la campaña o las circunstancias naturales de cada zona así lo justifican. A partir del 1 de septiembre se permite el labrado superficial ligero sin volteo (gradeos).

Esta medida se adopta como consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las zonas son:

-Área esteparia del Este de Albacete.

-Zona esteparia de El Bonillo.

-Campo de Montiel.

-Campo de Calatrava.

-San Clemente.

-Estepas cerealistas de La Campiña.

-Área esteparia de la margen derecha del río Guadarrama.

-Área esteparia de La Mancha Norte.

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