Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de ayudas a personas trabajadoras encuadrados en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, tanto para el desplazamiento desde su domicilio de residencia habitual hasta el lugar de realización de la actividad agraria como para el alojamiento en el término municipal donde se sitúa dicha actividad o como máximo en un radio de 50 kilómetros de dicho municipio, dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, durante el tiempo que dure la misma y en todo caso hasta el día 31 de octubre de 2020.
Solamente se subvencionarán aquellos gastos que no hayan sido objeto de ningún tipo de compensación económica o retribución, en virtud de lo establecido en norma legal, convenio colectivo o acuerdo individual.
La cuantía de las ayudas por la totalidad de los gastos subvencionables será como máximo de 450 euros por mes y por persona beneficiaria, en función de los gastos que se justifiquen.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que figura como Anexo y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Programas de Empleo.
El plazo de presentación de solicitudes comienza este viernes y finalizará el 30 de noviembre de 2020.Dentro de dicho período, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la finalización del contrato de trabajo y, en todo caso, hasta el día 30 de noviembre de 2020.