CHG: “Las reducciones aplicadas en el Régimen de Extracciones 2020 para la MASb Mancha Occidental II están debidamente justificadas”

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha desestimado en lo sustancial el recurso presentado por la Comunidad de Usuarios de la Masa Mancha Occidental II contra el Régimen de Extracciones 2020, afirman desde la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG).

El TSJ de Extremadura, en la sentencia dictada, entiende que el Régimen de Extracciones recurrido por la Comunidad de Usuarios Mancha occidental II se aprobó siguiendo el procedimiento establecido, garantizándose los derechos de transparencia, e participación e información de los usuarios que están representados en la Junta de Explotación del organismo de cuenca; añadiendo que las reducciones de las dotaciones se justificaron debidamente mediante los correspondientes informes técnicos sobre la evolución piezométrica y cualitativa de las diferentes masas de agua subterránea del Alto Guadiana, que fueron elaborados por funcionarios públicos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, constatando además que la Unidad territorial en la que se sitúa la masa de agua subterránea Mancha occidental II había pasado de un escenario de alerta a un escenario de emergencia conforme a los indicadores del Plan Especial de Sequía de este Organismo. No cabe, por tanto, hablar de acuerdos arbitrarios por parte de la Junta de Gobierno de la Administración Hidráulica.

Respecto al único de los motivos del recurso que es estimado, referido a la posibilidad de acumular los derechos al uso del agua de distintos aprovechamientos en uno o varios de ellos, debe decirse que este Organismo, en este punto, respeta y acata la resolución judicial. No obstante, en la revisión de los Programas de Actuación para la recuperación de las masas en riesgo llevada a cabo por la CHG a propuesta de las CUAS no se contempla la acumulación de derechos mencionada al entender que esta medida no contribuye al ahorro del agua y que la normativa de aguas prevé mecanismos legales que permiten la consecución los fines pretendidos con las acumulaciones.

La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana seguirá adoptando de manera colegiada todos los acuerdos necesarios que permitan lograr una explotación racional de los recursos con el fin de alcanzar un buen estado tanto cuantitativo como cualitativo de las masas de agua subterránea, y proteger y mejorar los ecosistemas asociados, debiendo recordar que las Comunidades de Usuarios de Aguas Subterráneas son corporaciones de derecho público adscritas a las Confederaciones Hidrográficas cuyas funciones son las de colaborar con éstas en el ejercicio de funciones administrativas que en defensa del interés público les confiere la normativa de aguas, concretamente funciones de ordenación, gestión y policía de las aguas al objeto de lograr la recuperación y sostenibilidad de las masas de agua subterráneas declaradas en riesgo.

Publicidad

Dejar una respuesta

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí