El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha actualizado el documento de preguntas más frecuentes sobre la nueva PAC 2023-2027.
Estas preguntas más frecuentes pretenden explicar los cambios aportados por la nueva PAC y responder a algunas preguntas recurrentes sobre esta materia.
Tiene por objeto ayudar a las autoridades competentes, entidades colaboradoras y a los potenciales beneficiarios de la PAC a aplicar la nueva normativa.
Pastos temporales
Una de las preguntas, referente a los pastos es ¿qué se considera pasto temporal? La respuesta es que se entiende por pastos temporales las tierras de cultivo utilizadas para la producción de hierbas y otros forrajes herbáceos naturales (espontáneos) o cultivados (sembrados) que ocupen la parcela todo el año, que hayan sido incluidas en la rotación de cultivos de la explotación durante los últimos cinco años y que hayan sido roturadas en algún momento durante los cinco años anteriores.
Por otro lado, se entiende por hierbas u otros forrajes herbáceos todas las plantas herbáceas forrajeras que se suelen encontrar en los pastos naturales o que se incluyen en las mezclas de semillas para pastos o prados de siega, tanto si se utilizan como si no, para pasto de los animales.
En lo que respecta a su composición botánica, el concepto de pasto temporal o permanente, lleva implícito el hecho de tratarse de una mezcla de especies que de forma habitual nos encontraremos en los pastos o en los prados de siega.
Por lo tanto, un cultivo monofito de un forraje herbáceo, como podría ser un raigrás, no es un pasto temporal a los efectos de las intervenciones en forma de pagos directos.
No se admitiría la presencia de un cultivo secundario, puesto que, para lograr el efecto deseado para el eco-régimen, el pasto debe ocupar la parcela todo el año.
Los pastos temporales, podrán a acogerse a los siguientes eco-regímenes:
-eco-régimen de agricultura de carbono y agroecología: pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos húmedos y
-eco-régimen de agricultura de carbono y agroecología: pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos mediterráneos
¿El pasto temporal podría ser admisible en los eco-regímenes de tierras de cultivo?
El pasto temporal no puede acogerse a los eco-regímenes de tierras de cultivo. Como se ha indicado anteriormente, los pastos temporales pueden acogerse a los eco-regímenes de pastoreo extensivo, siega y biodiversidad.
No obstante, los cultivos monofitos de hierbas o forrajes herbáceos no tienen la consideración de pastos temporales. Estos cultivos sí pueden acogerse a los eco-regímenes propios de las tierras de cultivo: eco-regímenes de Agricultura de carbono y agroecología: rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo de secano, secano húmedo y regadío y eco-régimen de Agroecología: espacios de biodiversidad.