¿Qué dice exactamente el texto de la nueva Ley de Agricultura Familiar sobre expropiaciones forzosas de parcelas agrarias?

En Castilla-La Mancha, afectando a suelos agrarios que permanezcan sin actividad agraria durante tres años consecutivos, sin causas justificadas

barbecho

La nueva Ley de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha, aprobada la semana pasada por las Cortes regionales, con el voto mayoritario del Grupo Socialista, ha generado mucha incertidumbre, en especial, por el artículo 29, que hace referencia a una posible expropiación forzosa de parcelas agrarias.

Función social del uso de la tierra

En concreto, este artículo sobre ‘Declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra’ recoge que:

1.- A efectos de lo establecido en esta ley, la Consejería (de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural) podrá acordar respecto a una parcela o finca rústica la declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra, por su infrautilización.

2.- Se considerará incumplida la función social del uso de la tierra, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, si una parcela o finca rústica ha permanecido en el inventario del suelo infrautilizado previsto en el artículo 27.5 y 6 de esta ley durante dos años consecutivos.

3.- La declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra podrá afectar al derecho de propiedad de la parcela o finca rústica afectada, o sólo al usufructo de la misma.

4.- La declaración prevista en el apartado anterior conllevará, previa tramitación del expediente correspondiente, la cesión temporal de uso al Banco de Tierras, por un plazo no inferior a diez años ni superior a veinticinco, de la parcela o parcelas en las que se produce dicha situación.

5.- El procedimiento para la declaración de incumplimiento de la función social de uso de la tierra se regirá por la legislación general sobre expropiaciones, pudiendo suspenderse en cualquier momento cuando exista un acuerdo con la propiedad de la parcela o finca rústica afectada en los términos previstos en el artículo 28 de esta ley.

Declaración suelo agrario infrautilizado

A los efectos de esta ley, se entenderá por suelo agrario infrautilizado aquel en el que concurran una o varias de las circunstancias siguientes:

  1. Suelos en proceso de degradación y sin aplicación de medidas correctoras.
  2. Suelos donde las malas prácticas agrarias o usos inconvenientes pongan en peligro las cosechas, el aprovechamiento de las parcelas colindantes o el medio natural.
  3. Suelos agrarios que permanezcan sin actividad agraria durante tres años consecutivos, salvo que agronómica o medioambientalmente se posibilite o concurran otras causas justificadas de inactividad agraria.

En el artículo 27 sobre ‘Procedimiento para la declaración suelo agrario infrautilizado’ se recoge que cuando la Consejería, previo informe técnico, detecte que una parcela agraria podría estar infrautilizada procederá a iniciar de oficio el procedimiento para su eventual declaración como suelo agrario infrautilizado y apercibirá a quien sea titular de dicho suelo de las consecuencias que se derivan del mantenimiento de dicha situación conforme a lo que establece esta ley en su artículo 29, pudiendo en este momento procedimental impedir la iniciación del procedimiento si aporta un compromiso, por escrito, del propietario o poseedor de realización de una práctica agroforestal respetando las buenas prácticas específicas fijadas por la Consejería según la tipología del suelo.

La iniciación del procedimiento será publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha con la identificación precisa de la o las fincas, y notificada a las personas propietarias y a las demás que tengan sobre ellas derechos o intereses patrimoniales legítimos, de ser conocidas estas últimas, y se abrirá un plazo de quince días hábiles de alegaciones de las personas interesadas.

En la fase de instrucción el órgano instructor determinará la prueba que, en su caso, deba practicarse, teniendo en cuenta lo alegado por las personas interesadas, así como las pruebas que estas hayan propuesto.

En base al informe emitido será elaborada una propuesta de resolución, por el instructor.

El procedimiento será finalizado por resolución de la persona titular de la Consejería, en un plazo máximo de un año, contado desde la adopción del acuerdo de inicio. Transcurrido este plazo sin notificarse la resolución finalizadora del procedimiento, se producirá su caducidad, sin perjuicio de la posible apertura, en su caso, de un nuevo procedimiento.

La Consejería gestionará el Inventario de suelo agrario infrautilizado, que deberá ser actualizado anualmente.

La Consejería realizará un seguimiento de la utilización de las parcelas declaradas como infrautilizadas.

Transcurridos tres años desde esa declaración y si se mantienen las circunstancias que dieron lugar a la misma, se procederá a su inscripción en el inventario de suelo agrario infrautilizado.

Y el artículo 28 sobre ‘Revocación de la declaración de suelo agrario infrautilizado’ indica que la declaración de suelo agrario infrautilizado será revocada cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

  1. Compromiso, por escrito, del propietario o poseedor de realización de una práctica agroforestal respetando las buenas prácticas específicas según la tipología del suelo y recogidas en un plan de explotación y mejora que sea aprobado por la Consejería, y lo lleven a efecto en los términos convenidos.
  2. Acreditar la cesión a un tercero del uso y del aprovechamiento de la finca mediante cualquier negocio jurídico válido en derecho, que incluirá expresamente la obligación de la persona cesionaria de realizar, como mínimo, una práctica ajustada a las mismas condiciones de la letra anterior.
  3. La solicitud de la incorporación de la finca al Banco de Tierras.

 

 

Publicidad

1 COMENTARIO

  1. El derecho a la propiedad privada es siempre pisoteado en los gobiernos comunistas, luego se preguntan porque estos gobiernos destruyen un país.

Dejar una respuesta

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí