¿Cuáles son las medidas especiales de circulación de las cosechadoras durante 2023?

La Dirección General de Tráfico limita su circulación en diversos días y franjas horaria

Mercado de cereales a la baja

A pesar de la escasa cosecha, debido a la incidencia de la sequía, la recolección del cereal comienza a extenderse por las zonas productoras de España.

La Resolución de 23 de enero de 2023 de la Dirección General de Tráfico (DGT), publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), recogía medidas especiales de regulación de tráfico durante este año. Respecto a la circulación de cosechadoras durante 2023 contempla que:

-No podrán circular por carretera los domingos y los días festivos de ámbito nacional o de ámbito autonómico, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

-No podrán circular los miércoles o jueves vísperas de días festivos de ámbito nacional, desde las dieciséis hasta las veinticuatro horas.

-En caso de coincidir varios días festivos consecutivos, incluidos los domingos, dentro del ámbito territorial correspondiente, las restricciones se aplicarán en el primero de ellos solamente desde las ocho hasta las quince horas, y en el último la correspondiente a domingo o día festivo, quedando el resto de días festivos sin restricción. Además, el 1 de agosto no podrán circular entre las 8:00 y las 15:00 horas.

 

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