La Confederación Hidrográfica del Guadiana propone mantener las dotaciones de riego en Campo de Calatrava y Lillo-Quintanar

Junta de Explotación CHG

De acuerdo con el calendario establecido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana se han celebrado este martes las reuniones de las Juntas de Explotación de las Masas de Agua Subterránea (MASb) de Campo de Calatrava y Lillo Quintanar, para proponer, entre otros asuntos, el Régimen Anual de Extracciones para la campaña del año 2024.

Campo de Calatrava

En la reunión, la Confederación Hidrográfica del Guadiana ha expuesto los resultados de seguimiento de la evolución piezométrica y del estado químico de la masa de agua subterránea, poniendo de manifiesto que, a pesar de la declaración en riesgo y del incremento en las labores de vigilancia y control, no se ha revertido la tendencia piezométrica decreciente, produciéndose un agravamiento del estado cuantitativo de la masa de agua subterránea Campo de Calatrava respecto al que tenía cuando se declaró en riesgo.

Desde la declaración en riesgo de la masa de agua subterránea en marzo de 2017 se han limitado las extracciones para regadío mediante la asignación de dotaciones máximas en función del cultivo implantado.

A pesar de ello, el empeoramiento generalizado de los niveles piezométricos durante 2023, agravado por unas precipitaciones escasas, hace necesario seguir aplicando dichas restricciones para tratar de revertir la tendencia descendente y mejorar el estado cuantitativo de la masa de agua subterránea Campo de Calatrava.

Teniendo en cuenta lo anterior, la CHG propone que, en caso de regadío, el volumen máximo a utilizar por aprovechamiento sea el resultante de multiplicar la superficie reconocida por 1.350 m³/ha para cultivos leñosos y 1.800 m³/ha para cultivos herbáceos, salvo que el título habilitante establezca una dotación menor, en cuyo caso sea ésta última la que se utilizará para determinarlo.

Lo expuesto implicará que los usos de los aprovechamientos de regadío con una dotación inferior a 1.350 m³/ha para cultivos leñosos o 1.800 m³/ha para cultivos herbáceos no sufrirán reducción alguna.

Por otra parte, se recomienda a las Entidades Locales reducir las dotaciones de abastecimiento e industria en un 10 % y por coherencia con ello, se recomienda asimismo la reducción de un 10 % en las dotaciones para los usos domésticos, industriales y ganaderos.

La Comunidad de Usuarios no ha presentado propuesta solicitando mayores dotaciones, expresando así su solidaridad con la situación y el resto de masas de aguas subterráneas.

Lillo-Quintanar

Los resultados de seguimiento de la evolución piezométrica y del estado químico de la masa de agua subterránea, ponen de manifiesto que se ha ralentizado el descenso piezométrico, si bien no ha sido suficiente para revertir la tendencia piezométrica decreciente, continuando la masa en riesgo y lejos de alcanzar el buen estado cuantitativo.

La CHG ante esta situación propone o, en caso de regadío, el volumen máximo a utilizar por aprovechamiento será el resultante de multiplicar la superficie reconocida por 1.400 m³/ha para cultivos leñosos y 2.100 m³/ha para cultivos herbáceos, salvo que el título habilitante establezca una dotación menor, en cuyo caso será ésta última la que se utilizará para determinarlo.

Lo anteriormente descrito implicará que los usos de los aprovechamientos de regadío con una dotación inferior a 1.400 m³/ha para cultivos leñosos o 2.100 m³/ha para cultivos herbáceos no sufrirán reducción alguna.

En caso de que, de acuerdo con la evolución del indicador de escasez, se revierta la situación de alerta a situación de prealerta en la UTE 03 Gigüela-Záncara, se levantarán los ajustes y se aplicarán las dotaciones del régimen de extracciones de la campaña de 2019. Es decir, en el caso de regadío las dotaciones máximas serán de 2.200 m3 /ha para cultivos herbáceos y 1.500 m3 /ha para cultivos leñosos.

La Comunidad de Usuarios ha presentado su propuesta, solicitando que para el año 2024, la dotación sea de 1.600 m3/ha para cultivos leñosos y 2.500 m3/ha para cultivos herbáceos.

Las Juntas de Explotación han acordado elevar a la Junta de Gobierno tanto las propuestas presentadas por el Organismo de cuenca como las presentadas por ambas Comunidades de Usuarios.

Las Juntas de Explotación de las Masas de Agua Subterránea en Riesgo son Órganos constituidos según el Artículo 171.7 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico y cuya composición y funciones quedan reguladas por el Programa de Actuación de cada Masa de Agua. En ellas están representados además del Organismo de Cuenca y las Comunidades de Usuarios, la administración local, la autonómica, la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Instituto Geológico y Minero de España.

 

 

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