Agricultores, ganaderos y propietarios de explotaciones en la zona del Valle de Alcudia, al sur de la provincia de Ciudad Real, confían en que los tratamientos efectuados semanas atrás por técnicos de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha sean efectivos y este año no vuelvan a padecer una plaga de langostas como, en menor o mayor medida, ha sucedido en los últimos años.
Para estimar el desarrollo de las poblaciones de ortópteros, personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha realizará inspecciones de evolución de langosta en las zonas endémicas de puesta. Así mismo la Dirección General con competencias en Sanidad Vegetal podrá realizar tratamientos complementarios a los que se realicen por los titulares de las explotaciones afectadas por la plaga.
En caso de observar la aparición de focos de la plaga es necesario notificar inmediatamente y proporcionar la información necesaria para su localización a Sanidad Vegetal de la provincia correspondiente.
Los titulares afectados por dicho organismo nocivo, contarán en todo momento con el asesoramiento de los técnicos de sanidad vegetal de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
La Orden de 30/12/2014, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen normas de control para langosta mediterránea (Dociostaurus maroccanus) y otros ortópteros, califica de utilidad pública la lucha contra las plagas de la langosta y otros ortópteros asociados, adoptándose las medidas fitosanitarias en parcelas de las siguientes zonas:
- Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona e inmediaciones, y Montes Norte en Ciudad Real.
- Centro de Adiestramiento del Ejército (Cenad), embalse de Ortigosa (Ontur-Fuente Álamo) y Yeste (Claras) en Albacete.
- La Mancha toledana (Lillo, Madridejos, El Romeral, Corral de Almaguer, Villatobas, Villacañas, Tembleque, Quero, Villafranca de los Caballeros, La Guardia y Santa Cruz de la Zarza).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo referente a Sanidad Vegetal, son los titulares de las explotaciones, los encargados de aplicar las medidas fitosanitarias que se establezcan como consecuencia del establecimiento de una plaga, y por lo tanto, en este caso lo serán aquellos en cuyas parcelas avive la langosta y deberán luchar contra ella a sus expensas, adoptando alguna o varias de las siguientes medidas fitosanitarias:
- a) Labores culturales apropiadas, especialmente de arado o escarificación, en los lugares de puesta o avivamiento.
- b) Tratamientos insecticidas o con medios biológicos contra las ninfas en los lugares de avivamiento y cordones y contra los adultos en sus asentamientos y lugares de puesta.
- c) Cualquier otra medida que se justifique técnica o científicamente como necesaria para el control de la plaga.
De acuerdo con los principios generales de la gestión integrada de plagas los métodos sostenibles biológicos, físicos y otros no químicos deberán priorizarse a los métodos químicos, siempre que permitan un control satisfactorio de la plaga.
Cuando la plaga se encuentra en estado de huevo, estos están enterrados en tierras incultas, eriales o pastizales. Es recomendable realizar un laboreo ligero en invierno u otoño con el fin de conseguir que en primavera aviven el menor número de individuos.
En el caso que no sea posible realizar un laboreo de la zona se aplicarán otras medidas de control, como la realización de tratamientos fitosanitarios (convencionales o ecológicos) preferentemente contra las ninfas en los lugares de avivamiento y cordones en época adecuada. Para el control de adultos se deberán aplicar insecticidas adulticidas donde sea posible. Hay que señalar que los tratamientos adulticidas contra langosta tienen reducida eficacia en el control de langosta a largo plazo.
Estos tratamientos si se realizan en el Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona, deberán contar con la oportuna autorización de la Dirección del Parque, al ser un espacio natural protegido.