Hasta 4 febrero. Ayudas para Comunidades de Regantes de CLM

riegos

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural por la que se establece la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la modernización y transformación de regadíos en la región para el ejercicio 2017.

Las ayudas van destinada a Comunidades de Regantes u otras entidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío, que tengan concedido derechos de agua para riego.

Se establece una ayuda consistente en un porcentaje sobre el importe máximo elegible que dependerá del tipo de actuación y del lugar donde se realice.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la BDNS de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Las ayudas tienen por finalidad optimizar los recursos hídricos disponibles mediante un desarrollo sostenible de los mismos, la mejora de la eficiencia global de los sistemas de riego y la mejora de la calidad de las aguas y por otro lado, contribuir a modernizar las explotaciones agrarias mediante el empleo de nuevas tecnologías, incrementar la rentabilidad y viabilidad de las mismas y mejorar el nivel de vida de los agricultores, así como a reforzar la industria agroalimentaria y de servicios y a fijar población en el mundo rural. El plazo máximo de ejecución de las actuaciones será de doce meses.

Podrán ser subvencionables las siguientes actuaciones:

Inversiones en nuevas infraestructuras de riego y actuaciones sobre las estructuras hidráulicas existentes para evitar o reducir pérdidas de agua y/o para mejorar su eficiencia energética (impermeabilizaciones, pérdidas por evaporación, así como cualquier otra actuación que entrañe ahorro de agua y sea coherente con el proyecto global objeto de la actuación).

Actuaciones dirigidas a la captación, el filtrado, balsas de regulación, el transporte, la distribución, la red de drenaje, la aplicación, la gestión, medición y control del agua. No se incluyen inversiones en presas, embalses o trasvases.

Implantación de tecnologías de comunicación vinculadas a la mejora de la irrigación o a las redes de energía.

Instalaciones de tratamiento y conducciones de transporte para utilización para riego de aguas regeneradas.

Implantación y mejora de las instalaciones eléctricas vinculadas a los sistemas de riego con el objeto principal de optimizar la eficiencia y el ahorro energético.

Implantación de tecnologías que permitan el ahorro de energía. No se considerará elegible en esta operación las instalaciones para la creación de una central de bioenergía. No obstante, serán auxiliables las instalaciones necesarias para la utilización de la misma.
Las inversiones materiales e inmateriales destinadas a la informatización (elaboración de GIS) y automatización de las instalaciones de riego.

Reposición, restauración y acondicionamiento de la red viaria asociada a la infraestructura de riego y actuaciones singulares (linderos, vallados, obras de fábrica y elementos naturales) contempladas en proyectos conjuntos que supongan inversiones complementarias.

Honorarios de redacción de proyectos y dirección de obra.

Costes de los estudios y coordinación en materia de seguridad y salud.
La ayuda adoptará la forma de subvención directa por medio de reembolso de los costes de los gastos elegibles.

Se establece una ayuda consistente en un porcentaje sobre el importe máximo elegible que dependerá del tipo de actuación y del lugar donde se realice, de tal forma que:

Para actuaciones de transformación en regadío, será del 45%.

Para actuaciones de modernización en zonas con agua de riego procedente de aguas reutilizadas, será del 45%.

Para actuaciones de modernización que afecten a zonas con masas de agua en buen estado cuantitativo se establece una ayuda base del 45%. Esta ayuda se incrementará en un 2% adicional por cada 5 puntos adicionales de ahorro efectivo estimado de agua que supere el mínimo exigido, con el límite máximo del 10%.

Para actuaciones de modernización que afecten a zonas con masas de agua cuyo estado es peor que bueno se establece una ayuda base del 50%. Esta ayuda se incrementará en un 2% adicional por cada 5 puntos adicionales de ahorro efectivo estimado de agua que supere el mínimo exigido, con el límite máximo del 10%.

Para las inversiones en energías renovables, será del 25%.
Para las inversiones en tecnologías de información y comunicación con destino a la gestión y control del agua, será del 30%.

Para las inversiones en sistemas de medición de agua, será del 30%.

Para las inversiones en captación o almacenamiento de agua, será del 35%.

Se entenderá por importe máximo elegible, en el caso de proyectos, el presupuesto, al que se podrá añadir los gastos de honorarios de redacción del proyecto, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud. Los gastos de honorarios de redacción del proyecto, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud, en su caso, se consideran subvencionables para cada uno de los conceptos con un porcentaje máximo del 3% sobre el presupuesto del proyecto. Los honorarios totales a percibir por los tres conceptos no podrán superar la cantidad máxima de 20.000 €. El importe máximo elegible no superará el 1.000.000 € por beneficiario.

Publicidad

Dejar una respuesta

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí