La Estrategia de Cambio Climático de Castilla-La Mancha, Horizontes 2020 y 2030, incluye medidas y recomendaciones para la mitigación de emisiones y adaptación a los efectos del cambio climático entre las que se incluye el cálculo de la Huella de Carbono, la aplicación de planes de reducción y la compensación de emisiones GEI a partir de proyectos de absorción, tanto en el sector público como en el privado.
La Huella de Carbono, conocida como “la totalidad de gases de efecto invernadero (GEI) emitidos de forma directa o indirecta por personas, organizaciones, eventos o productos”, es una herramienta que mide las emisiones GEI. Es además un instrumento para determinar, evaluar y comunicar el efecto de los productos, servicios y organizaciones en el cambio climático, que permite elaborar un plan de reducción con recomendaciones técnicas y propuesta de inversiones para mejorar la eficiencia energética y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
El cálculo de la Huella de Carbono ha adquirido una gran importancia en los últimos años y se ha convertido en una ventaja competitiva para productos y organizaciones como una demanda real del mercado que además tiene el valor añadido de que las iniciativas para su reducción conllevan ahorros económicos, además de beneficios ambientales y sociales.
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones los ayuntamientos de Castilla-La Mancha y sus mancomunidades, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal.
Actuaciones subvencionables
Se consideran actuaciones subvencionables, entre otras, la preparación de un plan de reducción, para su inscripción en el Registro de huella de carbono, compensación y/o proyectos de absorción de dióxido de carbono. El cálculo de la huella de carbono se referirá, como máximo, a cualquiera de los dos años naturales inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la Orden de convocatoria. Para el cálculo de la huella de carbono, y de su reducción derivada de actuaciones concretas, podrán tenerse en cuenta acciones en dependencias municipales, alumbrado público, semáforos, flota municipal de vehículos y de los servicios municipales, abastecimiento de agua potable, depuradoras o transporte público.
La cuantía de la subvención será del 100% del coste del cálculo de la huella de carbono y/o redacción del proyecto de absorción de dióxido de carbono, excluido el IVA, con un límite máximo de 2.000 euros para cada tipo de actuación.