La gran novedad de la PAC 2023-2027 es su cambio de enfoque

Así lo recoge el preámbulo del proyecto de real decreto sobre la aplicación en España de la próxima Política Agrícola Común

paisaje

El preámbulo del proyecto de real decreto sobre la aplicación en España de la próxima Política Agrícola Común 2023-2027 recoge que la gran novedad de la futura PAC es su cambio de enfoque, “pasando de ser una política de cumplimiento de normas, fundamentalmente basada en la descripción de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios finales de las ayudas, a una política centrada en el rendimiento y la obtención de resultados, mediante la consecución de unos objetivos generales y específicos”.

Los objetivos generales son tres:

-El fomento de un sector agrícola inteligente, resistente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria.

-La intensificación del cuidado del medio ambiente y la acción por el clima, contribuyendo a alcanzar los objetivos climáticos y medioambientales de la Unión Europea.

-El fortalecimiento del tejido socioeconómico de las zonas rurales.

El diseño de la nueva PAC vira hacia una perspectiva de trabajo articulada tanto en una planificación estratégica, como en una mayor subsidiariedad de los Estados miembros, los cuales tendrán que diseñar las intervenciones con las que prevén alcanzar los objetivos de la UE en el marco de un «Plan estratégico de la PAC».

Dicho plan agrupará las intervenciones en forma de pagos directos, las intervenciones en determinados sectores y las intervenciones para el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas, FEAGA y Feader.

El nuevo modelo de aplicación consiste en fijar unas metas y evaluar los resultados obtenidos. El objetivo es tratar de garantizar que se alcancen las metas previstas para que se satisfagan las necesidades existentes. En su defecto se modificará el Plan si se considera necesario.

El Plan Estratégico de la PAC de España establece un modelo uniforme de aplicación de la Política Agrícola Común en todo el territorio nacional con base en la competencia del Estado para establecer la planificación general de la actividad económica, en este caso del sector agrario.

En este real decreto se regulan las intervenciones en forma de pagos directos, financiadas con cargo al fondo europeo agrícola FEAGA, las características de la solicitud única, los requisitos comunes para el cobro de las intervenciones, entre los que se encuentra la condición de agricultor activo, el ejercicio de la actividad agraria y la subvencionabilidad de las hectáreas declaradas, así como las disposiciones financieras aplicables para la determinación de las ayudas a conceder.

Se mantiene la orientación recogida en el reglamento, en el sentido de destinar los pagos directos de la PAC a las explotaciones agrarias verdaderamente activas, garantizándose que los pagos se concederán a aquellos agricultores activos que generen una actividad real en el ámbito agrario.

Además, recoge una serie de ayudas asociadas a un determinado sector, producción o tipo de actividad agraria, que tienen como finalidad aumentar la competitividad y favorecer la transición hacia modelos de producción sostenible en sectores que afrontan dificultades específicas.

 

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