El proyecto de real decreto de la nueva PAC contempla las definiciones de agricultor activo, actividad agraria o hectárea subvencionable

Se encuentra en fase de consulta pública

parcelas

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el procedimiento de consulta pública del proyecto de real decreto sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC) y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Esta norma se incluye dentro del paquete legislativo que el ministerio ha puesto en marcha para la correcta ejecución de esta nueva política a partir del próximo año, en base a la propuesta revisada del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. Hace unos días, la Comisión Europea dio el visto bueno a España para la remisión formal de esta propuesta, cuya aprobación definitiva se espera en las próximas semanas.

Requisitos comunes del Plan Estratégico de la PAC en España

En el real decreto se establecen las definiciones de actividad agraria, superficie agrícola, hectárea subvencionable, agricultor activo, joven agricultor y nuevo agricultor, para adaptar los conceptos incluidos en el reglamento europeo a las especificidades de nuestro territorio nacional. Se incluyen además definiciones como joven agricultora, responsable de la explotación o incorporación a la actividad agraria, entre otras.

Así, se mantiene la orientación recogida en el reglamento comunitario, que persigue destinar los pagos directos de la PAC a aquellos agricultores activos que realizan una actividad real en el ámbito agrario. De manera general, se considerará agricultor activo a los quienes estén dados de alta en la Seguridad Social en la rama agraria o a quienes obtengan al menos un 25 % de sus ingresos de la actividad agraria. Además, en esta norma se refuerza también la importancia de ejercer una actividad agraria real y asumir el riesgo empresarial derivado de ésta.

En este real decreto también se establecen las características, plazos y disposiciones aplicables a la solicitud única anual de ayudas, que se mantiene como elemento indispensable para la gestión de determinadas intervenciones del Plan Estratégico de la PAC, concretamente de los pagos directos y de las intervenciones para el desarrollo rural que se conceden por superficie o por animales.

De cara a asegurar el aprovechamiento de los fondos comunitarios y dentro de la flexibilidad financiera que ofrece la nueva normativa comunitaria, se establecen las normas que regularán durante el periodo 2023-2027 las decisiones para el traspaso de remanentes, si proceden, entre las intervenciones de pagos directos.

Intervenciones de pagos directos de la PAC a partir de 2023

El proyecto de real decreto regula los requisitos necesarios para poder acceder a los más de 2.934 millones de euros que se concederán, de manera anual, como pagos desacoplados de apoyo a la renta de los agricultores y ganaderos. Así, se regula la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, que sustituye al actual régimen de pago básico y se establece el nuevo pago redistributivo, complementario a la anterior, y que se concede a las primeras hectáreas de todas las explotaciones. Su objetivo es lograr una redistribución de las ayudas de las explotaciones más grandes a las pequeñas y medianas.

Por otro lado, para lograr un impulso efectivo al relevo generacional del medio rural, el real decreto regula el nuevo pago complementario a la renta para los jóvenes agricultores, con un importe anual de 96 millones de euros. Este presupuesto supone un aumento del apoyo respecto al periodo actual, tanto en la ayuda concedida por hectárea, que se incrementa al doble de la actual, como en la superficie máxima que puede beneficiarse de la ayuda para cada joven agricultor, y que será de hasta 100 hectáreas. Además, este régimen de ayuda presenta como gran novedad la incorporación del enfoque de género, de tal modo que la ayuda concedida se incrementará en un 15 % para las jóvenes agricultoras.

Ayudas asociadas a la producción

El real decreto incluye también las ayudas asociadas a la producción, por un montante total de 625,97 millones de euros, el 13 % del total de los pagos, para aquellos sectores cuya viabilidad y competitividad se encuentra más comprometida. Son los casos del vacuno de leche (122 millones), vacuno de carne (224,9 millones), ovino y caprino (196,3 millones), arroz (14,2 millones), remolacha azucarera (17 millones), tomate para transformación (9,3 millones), frutos secos (14 millones), olivar tradicional (27,59 millones) y uva pasa (0,68 millones de euros).

Asimismo, se mantiene el pago específico para el sector del algodón (59,69 millones adicionales) y se establece un importante apoyo para la producción de proteínas vegetales (legumbres y otras leguminosas), dentro de las posibilidades que otorga la legislación comunitaria para ir más allá de ese 13% de ayudas asociadas en el caso de estos cultivos, y que totaliza 51,25 millones de euros. El total de pagos a los sectores específicos alcanza así un montante total de 736,92 millones de euros.

Ecorregímenes

Finalmente, se regulan en esta norma los nuevos ecorregímenes, que constituyen un importante elemento de apoyo en línea con la mayor ambición ambiental de esta nueva PAC. Los ecorregímenes remuneran prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente que de forma voluntaria realicen los agricultores y que vayan más allá de la línea de base de los compromisos establecidos por la condicionalidad de las ayudas. Los ecorregímenes totalizan 1.107,49 millones de euros anuales, y se agrupan en 2 bloques: agricultura de carbono y agroecología.

En el primero de estos bloques se incluyen prácticas de pastoreo extensivo en superficies de pastos, rotaciones de cultivos y siembra directa (en las tierras de cultivo) y cubiertas vegetales o inertes en los cultivos leñosos. En el segundo bloque, se incluyen la siega sostenible de los pastos y los espacios de biodiversidad también en los pastos y en el resto de los tipos de superficies. En todos los casos se han tenido en consideración, tanto en el diseño de las prácticas como en sus importes, las diferencias de la agricultura y la ganadería de nuestro país, derivadas de las distintas condiciones climáticas y orográficas.

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