Castilla-La Mancha publica modificaciones de la campaña PAC 2024

Afectan a pastoreo extensivo, rotación de cultivo y cubiertas vegetales

cubierta vegetal

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este lunes, 1 de abril, una Resolución de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, que establece un régimen transitorio de adaptaciones en la comunidad autónoma en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios a favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (eco regímenes), tal como están previstos en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. Estas medidas tendrán efecto en la campaña de solicitudes del año 2024.

La resolución señala la próxima modificación de los Reglamentos comunitarios relativos a los planes estratégicos de la PAC, destinada a abordar diversas dificultades relacionadas con su implementación. Entre estas dificultades se encuentran la necesidad de flexibilidad para que las administraciones puedan adaptar su ejecución, atendiendo así a la situación de los agricultores y a los cambios en el equilibrio entre los requisitos de condicionalidad y los eco regímenes. Además, se menciona la próxima modificación del Plan Estratégico de la PAC de España.

Dada la importancia de mantener ciertas normativas para poder realizar las decisiones de planificación de los cultivos y producciones, se establecerán adaptaciones que serán de aplicación en todo el territorio de Castilla-La Mancha. Esto se hace considerando la generalidad que tendrán estas medidas una vez entren en vigor las próximas modificaciones de los Reglamentos comunitarios y el Plan Estratégico de la PAC de España.

Medidas adoptadas

Entre las medidas específicas establecidas a partir del martes, se incluyen adaptaciones en los requisitos para acceder a las ayudas de los regímenes a favor del clima y el medio ambiente. Estas medidas son las siguientes:

-En la práctica de pastoreo extensivo, se reducirá la carga ganadera mínima en pastos húmedos a 0,2 Unidades de Ganado Mayor (UGM) y en pastos mediterráneos a 0,1 UGM/hectárea.

-En la práctica de rotación de cultivo con especies mejorantes, se incrementará el porcentaje de barbecho hasta un máximo del 40 %.

-En las prácticas de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos y de cubiertas inertes en cultivos leñosos, se permitirán de forma excepcional aquellas labores superficiales poco profundas que no modifiquen la estructura del suelo en ningún caso.

 

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1 COMENTARIO

  1. pues que todo esto es una vergüenza.con tanta, cubierta vegetal, que no sirve para nada más que traer, enfermedades a los cultivos leñosos.nidos de bichos.y toda clase de insectos.que luego se suben alas plantas.tiene que ser un lumbreras el que hace estas .leyes. y no estar todos los días en el campo.y soy agricultor.y ingeniero agrónomo.

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