¿Qué condiciones obligatorias deben cumplir los jóvenes recién incorporados a agricultura?

Tras recibir la resolución aprobatoria

Aquellos agricultores y ganaderos que hayan recibido resolución aprobatoria de sus ayudas de incorporación a la agricultura y la ganadería deben seguir ahora los siguientes pasos:

-Iniciar las actuaciones contempladas en el Plan Empresarial para el primer año en la actividad y afiliarse en el régimen de la Seguridad Social que corresponda por su actividad agraria dentro de los 9 meses siguientes contados desde la notificación de la resolución, manteniendo una dedicación a la actividad agraria propia de un agricultor profesional como mínimo hasta la fecha de pago de la certificación final. El plazo para ejecutar y justificar el cumplimiento total del Plan Empresarial es de 36 meses desde la notificación de la resolución.

-Alcanzar la condición de agricultor/a activo/a en los 18 meses siguientes a la notificación de la resolución.

-Ostentar el control efectivo de la explotación en el momento de la certificación final.

-La explotación debe alcanzar la calificación de prioritaria y ajustarse a la definición de microempresa o pequeña empresa en el momento de la certificación final.

-Cumplir lo previsto en el Plan Empresarial y mantener las condiciones que dieron lugar a la concesión de la ayuda como mínimo hasta la fecha del pago final de la misma.

-Cumplir en la explotación las normas comunitarias, estatales y autonómicas en vigor en materia de medio ambiente y de higiene y bienestar de los animales desde la fecha del establecimiento hasta el pago final.

Las ayudas se harán efectivas en dos tramos:

1º) Para poder efectuar el pago del primer tramo, que supondrá el 60% de la ayuda total, la persona beneficiaria deberá presentar una solicitud de pago, junto con un informe del tutor relativo al estado de desarrollo del Plan Empresarial y el alta en la Seguridad Social, dentro de los nueve meses siguientes a la aprobación de la ayuda.

2º) El pago del segundo tramo por el 40% restante de la ayuda estará supeditado a la ejecución correcta del Plan Empresarial. La persona beneficiaria deberá presentar igualmente una solicitud de pago, junto con un informe final del tutor relativo a la ejecución y al cumplimiento del Plan Empresarial, así como de los restantes requisitos exigidos.

En todo caso, el tutor deberá informar anualmente a la Dirección Provincial de Agricultura correspondiente sobre la ejecución del Plan Empresarial, debiendo justificar las diferencias respecto a la explotación inicialmente planteada tanto en el calendario de ejecución como en las inversiones, dimensión y orientación productiva, que deberán ser previamente comunicadas y aprobadas.

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