Los periodos de caza y vedas para 2020/2021, en información pública

En Castilla-La Mancha

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles la Resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del borrador de la orden de 2020, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2020/2021.

El artículo 58 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha modificada por la ley 2/2018, de 15 de marzo, establece que la Consejería promulgará anualmente, antes del 1 de junio, la Orden por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicable con carácter general a todo el territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de aquellos periodos que reglamentariamente se dicten para cuarteles comerciales de cotos de caza, para titulares profesionales, para adiestramiento de perros de caza y aves de cetrería, y los necesarios para reducir o seleccionar la población de determinadas especies de caza mayor fuera de dichas épocas.

Así, se inicia el trámite de información pública del borrador de la Orden de 2020, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2020-2021, para que cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y formular las observaciones, sugerencias o alegaciones que estime pertinentes.

Este borrador estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) y en la sede de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, plaza del Cardenal Silíceo, 2, 45071 Toledo.

El plazo para formular observaciones, sugerencias o alegaciones será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Las observaciones, sugerencias o alegaciones, deberán dirigirse a esta Dirección General, pudiendo presentarse en cualquiera de los registros y oficinas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como en la siguiente dirección de correo electrónico: dgmnb@jccm.es

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