Los contratos tipo homologados de compra/venta de uva y vino podrán ser de hasta tres campañas

Para fomentar la estabilidad en el sector vitivinícola y un mejor funcionamiento en la cadena de valor del vino

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles las órdenes APA/804/2021 y APA/805/2021 por las que se reconoce la homologación de los contratos tipo homologados de compra/venta de uva y vino.

Dichos contratos son de carácter voluntario y su objetivo es mejorar el funcionamiento de las transacciones en el sector vitivinícola. Ambos modelos recogen todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto en el caso del contrato de uva como de vino. Este año, como novedad, los contratos tendrán carácter plurianual, ofreciendo así la posibilidad de ampliar su vigencia para las tres próximas campañas (2021-22/ 2022-23/2023-24) y traer mayor estabilidad a los operadores y al conjunto del sector. Los contratos permiten también estipular libremente a las partes los criterios de calidad exigidos al producto que conformarán el precio y recogen todos los aspectos exigibles en la legislación vigente en materia de contratación agroalimentaria.

Ventajas contratos tipo homologados

Con estos nuevos modelos reconocidos por el Ministerio de Agricultura, la Interprofesional del Vino de España busca facilitar y ordenar las transacciones entre los actores de la cadena de valor del vino por lo que a pesar de ser voluntarios, desde OIVE recomiendan su uso.

El contrato-tipo homologado se diferencia de otros contratos mercantiles privados en que contiene una cláusula de control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del mismo, cuya tarea recae sobre la Comisión de Seguimiento de Contratos constituida a tal efecto en el seno de OIVE. Es por ello que los operadores que se acojan a este tipo de contrato dispondrán de un mecanismo para la resolución de discrepancias entre las partes.

La Organización Interprofesional del vino de España pone a disposición de todos los operadores para las tres próximas campañas por un lado, el contrato tipo homologado de compraventa de uva con destino a su transformación en vino y, por otro, el contrato tipo homologado de vino.

Los contratos tipo son una práctica extendida en el ámbito agroalimentario y actualmente sectores como el de los cítricos o forrajes tienen contratos homologados vigentes. El fomento de su empleo, además, permitirá la obtención de valiosa información agregada sobre las transacciones acogidas a esta modalidad, que contribuirá a una mejor información en el sector.

 

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