Cambios en el tratamiento fiscal de las ayudas directas desacopladas de la PAC que reciben agricultores y ganaderos

Para autónomos

tractor

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado ya la Orden del método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) del ejercicio 2022, que recoge varias novedades fiscales.

Entre las novedades, ASAJA destaca que la Orden recoge el cambio en el tratamiento fiscal de las ayudas directas desacopladas de la Política Agraria Común (PAC) que reciben los autónomos del sector agrario.

Así, se condiciona su tributación “a la obtención de un mínimo de ingresos en la actividad distintos del de la propia ayuda directa”.

De forma tradicional, estas ayudas directas se sumaban a los ingresos que los autónomos agrarios obtenían de sus explotaciones. Sin embargo, a partir de 2023, cuando el perceptor haya obtenido ingresos por sus actividades diferentes al concepto de la ayuda por una cuantía inferior al 25% del importe del total de éstos, el índice de rendimiento neto a aplicar sobre las ayudas se situará en el 0,56.

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