Conozca los términos municipales incluidos en las nuevas ayudas ZEPA

208,2 euros/hectárea

El Diario de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado el Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para los pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020, correspondientes a la primera ampliación de la zona A de las ZEPA de ambientes esteparios.

Con esta ampliación se pueden beneficiar de estas ayudas también agricultores de:

ALBACETE: Alcaraz, El Ballestero, El Bonillo, Viveros, Bonete, Chinchilla de Montearagón, Corral-Rubio, Higueruela y Hoya Gonzalo.

CIUDAD REAL: Alcázar de San Juan, Campo de Criptana, Fuenllana, Montiel, Santa Cruz de Mudela, Torrenueva y Villahermosa.

CUENCA: San Clemente, Casas de Fernando Alonso, Casas de los Pinos, El Cañavate, San Clemente, Santa María del Campo Rus y Vara del Rey.

TOLEDO: Romeral, La Guardia, Lillo y Tembleque.

Correspondientes a las ZEPAS de San Clemente, El Bonillo, Mancha Norte y Campo de Montiel.

Listado completo de polígonos y parcelas.

Las actuaciones de naturaleza agrícola contempladas en esta submedida van dirigidas principalmente a restablecer, conservar y mejorar los ecosistemas existentes en las llanuras manchegas, los cuales actualmente son los sistemas más frágiles de la región.

Las ayudas concedidas a través de esta submedida fomentarán que los agricultores y otros responsables de la gestión de tierras sirvan a la sociedad en conjunto, introduciendo o manteniendo la aplicación de métodos de producción agrícola compatibles con la protección y la mejora del ambiente, el paisaje y sus características, los recursos naturales, el suelo y la diversidad genética, integrando la actividad agrícola mediante prácticas que contribuyan al mantenimiento de los hábitats y especies en zonas de dicha Red Natura 2000.

Estas medidas adicionales de obligado cumplimiento suponen una reducción significativa de ingresos o incrementos importantes de los costes de explotación en la actividad diaria, a cambio de un beneficio para la sociedad en su conjunto, al mejorarse el medio ambiente, por lo que está justificado el interés social para la concesión directa de pagos compensatorios de estas pérdidas de renta a los titulares de estas explotaciones.

Para desarrollar estas obligaciones, se promulgó el Decreto 29/2017, de 11 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la submedida 12.1 de pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000 en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020, que regula la convocatoria de estos pagos compensatorios para los recintos incluidos en el Anexo II del documento 2 del Plan de Gestión de las ZEPA de ambientes esteparios aprobado mediante Orden 63/2017, de 3 de abril, modificado por Resolución de 05/05/2017, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.

Listado completo ayudas ZEPAS anteriores.

Posteriormente, se ha considerado necesario incorporar a la Zona A nuevos territorios, con objeto de ampliar la representatividad de la submedida, a través de la Resolución, de 20 de marzo de 2018, de la Dirección General  de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se amplía el Anexo II del documento 2 del Plan de Gestión de zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios, aprobado mediante Orden 63/2017, de 3 de abril, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

Beneficiarios y requisitos

Serán beneficiarios del régimen de esta ayuda los agricultores de Castilla-La Mancha que dispongan de explotaciones dedicadas a cultivos herbáceos de secano ubicadas en el ámbito de la 1ª ampliación del Anexo II del documento 2 del Plan de Gestión de ZEPA de ambientes esteparios (Zona A de conservación prioritaria).

Sólo se concederá esta ayuda en relación con aquellos usos o aprovechamientos que resulten limitados de forma obligatoria por el Plan de Gestión de las Zonas de Especial Protección para las Aves de ambientes esteparios.

Medidas obligatorias

Las personas beneficiarias de las ayudas deberán solicitar anualmente su pago y cumplir con los requisitos legales de gestión y las normas en materia de buenas condiciones agrarias y medioambientales.

Cuantía de las ayudas

El importe unitario de la ayuda anual correspondiente a la submedida “Pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000” es de 208,2 €/hectárea.

Para esta convocatoria de ayudas el crédito es de 9.689.195 euros, dividido en casi dos millones de euros por año, desde el 2019 al 2023.

El plazo de presentación de las solicitudes será el de la solicitud única de la PAC, que este año finaliza oficialmente el 30 de abril.

 

 

 

 

 

 

 

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