El Ministerio ampliará el plazo de la PAC hasta el 15 de mayo

Estaba inicialmente fijado hasta el 30 de abril

cereales

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ampliará el plazo de la PAC hasta el 15 de mayo, inclusive. Inicialmente estaba previsto hasta el 30 de abril.

El artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, establece que a partir del año 2016 la solicitud única deberá presentarse en el período comprendido entre el día 1 de febrero y el 30 de abril de cada año.

Sin embargo, en esta campaña 2017 se da una circunstancia especial que aconseja la ampliación del periodo para la presentación de la solicitud única. Esta circunstancia está relacionada con disposiciones de aplicación del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad, respecto al impreso de solicitud de ayuda geoespacial, en el que se recoge que en la campaña 2017 será obligatoria la delimitación gráfica y en formato digital, de las parcelas agrícolas de la explotación (en adelante “declaración gráfica”) para solicitantes que declaren más de 30 hectáreas.

Por lo tanto, en el año 2017, por incidencias ocurridas en la captura de las solicitudes en determinadas comunidades autónomas, dada la trascendencia y complejidad del cambio que supone ampliar el ámbito de aplicación de la declaración gráfica, que en 2016 estuvo fijado en 200 hectáreas, se considera necesario ampliar el plazo de presentación de la solicitud única, dentro de lo dispuesto en la normativa de la Unión Europea, para garantizar así una correcta presentación y gestión de las ayudas.

Para la tramitación de la orden que recogerá la ampliación del plazo han sido consultadas las comunidades autónomas y entidades representativas de los sectores afectados. En esa orden se modificará el plazo de presentación de la solicitud única a que se refiere el artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, especificando que finalizará el 15 de mayo de 2017, inclusive.

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