Empieza campaña PAC 2018 en Castilla-La Mancha llena de novedades

Unión de Uniones ha hecho un detallado resumen de todas las ayudas y las novedades que presenta

Unión de Uniones recuerda que desde el 1 de febrero está abierto, de manera oficial, el plazo para la presentación de la PAC y que, en principio, así estará hasta el 30 de abril próximo, salvo que se prorrogue su plazo al igual que en otros años, aunque en esta ocasión a decisión de cada Comunidad Autónoma. Pese a estar abierta la ventanilla según el BOE, también como viene siendo costumbre (una mala costumbre) de las administraciones, lo más normal es que hasta transcurridas unas semanas la aplicación de captura de pantallas no esté operativa al 100 %.

Incluso, recuerdan desde la organización agraria, hay comunidades autónomas, Castilla-La Mancha es una de ellas, que se retrasan unos días en la publicación de sus normas regionales. Hasta el día 6 de febrero no se aprobó en la región la convocatoria y no se han publicado hasta hoy en el Diario Oficial de la Junta de Comunidades todas las ordenes de ayuda, incluida la correspondiente a los pagos directos y las correspondientes a las medidas de desarrollo rural que se piden conjuntamente con la PAC: ayudas a zonas de montaña y con limitaciones naturales, las nuevas ayudas al bienestar animal y también las ayudas a razas autóctonas ganaderas en peligro de extinción.

En total, señalan, son unas 745.000 solicitudes en toda España las que se tramitarán para gastar los 4.940 millones de euros que suponen los pagos directos de la PAC.

Unión de Uniones ha realizado un minucioso resumen y análisis de todas las ayudas que, por su interés reproducimos completo a continuación:

En el caso de Castilla-La Mancha serán como unos 115.000 beneficiarios, para un montante de alrededor de 655 millones de euros, incluyendo los 59 millones que suponen las ayudas asociadas a diversos sectores. Añadiendo a éstos los solicitantes de aquellas medidas de desarrollo rural que están vinculadas al sistema integrado de gestión y control de superficies, la Consejería estima el número de solicitantes en unos 140.000 y el paquete conjunto de ayudas a unos 800 millones. Ello representaría gastar en desarrollo rural en este ejercicio unos 145 millones de euros, para lo que sería necesario aumentar de manera muy importante el ritmo de ejecución del PDR.

El listado de las ayudas que se pueden pedir en 2018, según la Orden de Castilla-La Mancha que regula el modelo de la Solicitud Unificada para este año, es el siguiente:

Ayudas directas PAC

Pago básico
Pago por prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (pago verde)
Pago complementario para los jóvenes agricultores
Régimen para los pequeños agricultores
Pago específico al cultivo del algodón
Ayuda asociada al cultivo del arroz
Ayuda asociada a los cultivos proteicos
Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas
Ayuda asociada a las legumbres de calidad
Ayuda asociada a la remolacha azucarera
Ayuda asociada al tomate para industria
Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche (derechos especiales)
Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo (derechos especiales)
Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino (derechos especiales)
Ayudas al Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Pagos a zonas de montaña y zonas con limitaciones naturales significativas (ayuda inicial)
Fomento del pastoreo en sistemas de producción ganadera extensiva (ayuda inicial)
Conservación de razas autóctonas en peligro de extinción (ayuda inicial).
Pago para los compromisos silvoambientales y climáticos (ayuda inicial, para el sector forestal)
Ayudas para el bienestar animal (ayuda inicial)
Pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red natura 2000 (se trata de medidas de retirada de tierra a 20 años que aún están en vigor para quienes las solicitaron en su momento, renovación anual de compromisos).
Agricultura Ecológica (renovación anual de compromisos de mantenimiento beneficiarios de ayudas de mantenimiento el año de incorporación 2015, 2016 y 2017 y también renovación anual de compromisos de los beneficiarios de ayudas conversión del año de incorporación 2016)
Ayudas de fomento pastoreo (renovación anual de compromisos del año de los años de incorporación 2015 y 2017)
Ayudas de apicultura para mejora de la biodiversidad del año de incorporación 2015 (renovación anual de compromisos, regulada por las órdenes Orden de 07/03/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, que modifica la Orden de 24/03/2015, de bases reguladoras) .
Ayudas de razas autóctonas en peligro de extinción del año de incorporación 2015 (renovación de compromisos)
Ayudas para la protección del suelo frente a la erosión con cultivos herbáceos de
secano (renovación anual de compromisos)
Pago para el cultivo de plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad (renovación anual de compromisos)
Además, en el mismo período de la PAC se solicitan también los derechos de la Reserva, sólo para los nuevos agricultores (jóvenes o no) y para quienes le hayan ganado un pleito a la Administración que les reconozca ese derecho.

Se puede aprovechar, igualmente, para presentar las comunicaciones a la Administración de las cesiones de derechos que se hayan realizado, aunque en este caso el período se prolonga un mes más allá del previsto para la PAC, concretamente hasta el 31 de mayo.

Conviene recordar también que si se nos pasa el plazo de presentación de solicitudes (en principio, como hemos comentado hasta el 30 de abril), se puede presentar la solicitud hasta 25 días después (días naturales), aunque en este caso se aplicará una reducción por cada día hábil de retraso, del 1 % a las cantidades de subvención a las que se tenga derecho y de un 3 % al importe de los derechos que se hayan pedido a la Reserva.

Además, hasta el 31 de mayo hay posibilidad de modificar la solicitud en las siguientes cuestiones:

Modificar o incluir nuevos regímenes de pagos directos o medidas de desarrollo rural,
Añadir parcelas individuales o derechos de pago individuales siempre que se cumplan los requisitos fijados en el régimen de ayuda de que se trate.
Modificar la utilización o el régimen de ayuda solicitado de las parcelas agrícolas ya
declaradas en la solicitud única siempre que éste ya se haya solicitado con otras parcelas agrícolas en la solicitud única.

Las novedades para 2018

Este año 2018 hay cambios importantes derivados de modificaciones en los reglamentos comunitarios de aplicación, que se han trasladado a la normativa española a través de dos Reales Decretos. Uno de ellos, el Real Decreto 980/2017, publicado en noviembre, que viene de los cambios introducidos a nivel de la Unión Europea en el marco de lo que la Comisión entiende por “simplificación” de la PAC; y un segundo Real Decreto 27/2018, que traslada a la normativa española lo aprobado en la parte agrícola del que se ha conocido como Reglamento Ómnibus. Aunque ya hemos adelantado estos cambios en publicaciones anteriores, no está de más volver a recordar los más importantes.

Pago complementario a Jóvenes

Se duplica el valor de la ayuda complementaria a los jóvenes agricultores hasta el 50% (hasta ahora era el 25%) del valor medio de los derechos de pago básico del joven. No obstante, se mantiene en 90 el número máximo de derechos por los que se puede cobrar el complemento.

Además, también se flexibiliza la referencia del período de 5 años durante el cual se puede cobrar la ayuda. A partir de este año, los cinco años empiezan a contar desde el primero en que se presenta la solicitud del complemento siempre que no hayan pasado más desde la instalación del joven, sin descontar los años transcurridos desde entonces. Esto mismo vale también si la solicitud del complemento se ha pedido por primera vez antes del presente año 2018.

Definición de pastos permanentes

Se abre el espectro de criterios para determinar una superficie como pasto, ampliando los pastos elegibles también a todos aquellos pastos arbolados y arbustivos que realmente puedan pastarse, aunque el forraje de carácter herbáceo no sea mayoritario en esas superficies. No obstante, esto no exime para que en dichas superficies se aplique el correspondiente coeficiente de admisibilidad de pastos, con objeto de descontar zonas de masas de vegetación impenetrable, afloramientos rocosos u otros elementos improductivos dispersos por el pasto o si fuera el caso, pendientes elevadas.

Greening. Superficie de interés ecológico (SIE).

En el pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, hay varias novedades en lo que respecta a la condición de dejar un 5 % de la tierra cultivada como superficie de interés ecológico, teniendo en cuenta que las parcelas que se declaren como SIE deberán de marcarse de manera específica en la Solicitud Única.

La primera de ellas endurece las condiciones, ya que se incorpora la prohibición del uso de productos fitosanitarios en las superficies de interés ecológico (SIE) cuando computen como SIE.

No obstante, también se aportan nuevos elementos de flexibilización en esta medida. Así, por ejemplo, los barbechos SIE no deberán destinarse a la producción agraria durante 6 meses en vez de los 9 meses que se exigía en campañas anteriores.

También podrán computar como SIE los barbechos melíferos (es decir aquellos barbechos con alta presencia de especies melíferas) y las superficies de eulalias (Miscanthus) y silfo (Silphium perfoliatum).

Además, se extiende la excepcionalidad del cumplimiento de cumplimiento de las SIE a los casos en los que más del 75% de las tierras de cultivo se utilice para producir hierba u otros forrajes herbáceos, o se deje en barbecho, o se emplee para el cultivo de leguminosas, o se dedique a una combinación de estos usos.

Igualmente es importante recordar que las superficies de cultivos fijadores de nitrógeno que se utilicen como SIE computan enteras; es decir una hectárea de estos cultivos es una hectárea SIE, ya que hasta el pasado año se aplicaba un coeficiente reductor del 0,7.

Grenning. Diversificación de cultivos.

Recordamos, aunque no es novedad, que si las tierras de cultivo de la explotación son más de 10, pero menos de 30, para cobrar el pago verde habrá que tener dos cultivos y que el principal ocupe menos del 75 %; y que si hay más de 30 hectáreas de cultivo, el número de cultivos a sembrar será de tres, no ocupando el principal más de 75 %, ni los dos principales más del 95 %.

En este apartado se amplían las posibilidades de acogerse a la exención del cumplimiento de la diversificación de cultivos a aquellas explotaciones que tengan más del 75% de sus tierras de cultivo destinadas a la producción de forrajes, hierbas, leguminosas (esta es la posibilidad nueva) o barbecho, o alguna combinación de estos y ya no se limita a que el resto de la superficie sea inferior a 30 hectáreas.

Igualmente se añade una nueva situación en la que no se aplicarán los umbrales máximos de diversificación (o sea 75% o 75 % y 95 % que hay que respetar según el número de hectáreas de cultivo). Esto sucede cuando más del 75% de las tierras de cultivo esté cubierto por hierba u otros forrajes herbáceos o por tierras en barbecho o por cultivos bajo agua (esta es la posibilidad nueva) durante una parte significativa del año o del ciclo de cultivo. En tal caso, el cultivo principal de la tierra de cultivo restante no deberá cubrir más de 75% de dicha tierra de cultivo restante, excepto si la misma está cubierta por hierba u otros forrajes herbáceos o por tierras en barbecho.

Los cambios de simplificación

Como se comentó al principio, además de los cambios citados debidos al Reglamento Ómnibus y al Real Decreto 27/2018, anteriormente se publicó el Real Decreto 980/2017, que también traía de la mano bastantes cosas nuevas. Aunque en su momento colgamos en nuestra web un resumen bastante amplio, repasamos los cambios más sustanciales.

Recordamos, por ejemplo, que se incluían nuevos casos en los que se puede considerar que las superficies tienen riesgo de abandono y no ser admisibles para justificar derechos o en los que se pueden hacer cesiones de derechos sin tierra sin tener que pagar peaje.

En el capítulo de ayudas asociadas el cambio más significativo desde el punto de visto del agricultor quizás sea la posibilidad de cobrar la ayuda a los cultivos proteicos tratándose de mezclas de semilla, si se dan ciertas condiciones.

Y en cuanto al régimen de pequeño productor, habrá que tener en cuenta que se puede llegar a perder los derechos, que pasarían a la Reserva Nacional, si durante dos años no se participa en dicho régimen, bien porque no se presenta la solicitud o bien porque las cantidades a cobrar están por debajo del umbral de 300 euros.

Respecto de la solicitud en sí misma, podrá haber plazos de solicitud diferentes según regiones, ya que se va a admitir que las que lo consideren oportuno y lo justifiquen puedan prorrogar sus plazos de solicitud sin afectar al resto. Además, la modificación de las solicitudes, que seguirá pudiéndose hacer hasta el 31 de mayo, podrá consistir no sólo en meter más hectáreas o más derechos, sino en incluir nuevos regímenes de pagos directos o de ayuda al desarrollo rural, lo que da más margen para corregir los expedientes.

Por otro lado, las Comunidades Autónomas que quieran podrán hacer una revisión preliminar de los expedientes y avisar a los interesados de posibles incumplimientos para que los subsanen sin caer en reducciones de la ayuda o sanciones.

Guías de la PAC

En definitiva, bastantes novedades que habrá que tener en cuenta. De todas formas, para tener una idea bastante completa del funcionamiento de la PAC, siempre es posible consultar los manuales que el FEGA actualiza cada año sobre las normas aplicables. Para esta campaña 2018, ya pueden descargarse de los siguientes enlaces.

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