Defensor del Pueblo informa de sanción a empresa tierras raras

A la Plataforma 'Si a la Tierra Viva'

La oficina del Defensor del Pueblo ha informado a la Plataforma ‘Sí a la Tierra Viva’, según ha informado esta última, del procedimiento sancionador en curso a la minera, por haber operado de manera ilegal en la localidad de Torrenueva «por el ejercicio de actividad sin obtención de licencia previa» y que podría suponer para la empresa una multa de 2.700 euros de prosperar la resolución definitiva. Esta medida tiene su origen en la denuncia interpuesta por Sí a la Tierra Viva el pasado 8 de febrero de 2016 al detectar la utilización irregular de un corral en Torrenueva, en la que se estaban realizando tareas de investigación minera sin la preceptiva licencia.

El Defensor indica, asimismo, que en el documento remitido por el Ayuntamiento de Torrenueva se indica que la normativa municipal «no prevé la prohibición del uso para instalación o actividad de minería». Sin embargo -recalca- «según el artículo 54.1.3ºb del Texto Refundido de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, sería preceptiva la calificación urbanística previa, que corresponde otorgar a la Consejería».

Informes concluyentes de la CHG y otras valoraciones 

Para el Defensor del Pueblo, además, «los pronunciamientos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana son suficientemente concluyentes acerca de la incompatibilidad de los proyectos de explotación en lo dispuesto en el Plan Hidrológico», como para que esta cuestión «sea determinante» en la evaluación ambiental iniciada de los proyectos «antes de iniciar o continuar con la tramitación de nuevos procedimientos», ya sean ambientales, de investigación o de explotación.

Por otra parte, el Alto Comisionado de las Cortes Generales indica que «el hecho de que cuando se elaboró el Plan de recursos minerales no energéticos de Castilla-La Mancha se hubieran presentado los permisos de investigación y no se hubieran solicitado concesiones de explotación no exime de evaluación», dado que «ya existían indicios razonables acerca de la existencia de dichos recursos mineros cuya cantidad y calidad se investigaba con el fin de seleccionar los emplazamientos idóneos de las zonas de extracción».

Según indica el Defensor en el escrito enviado a la Plataforma, aunque la Dirección General de Industria, Energía y Minas señala que la legislación actual no exige elaborar un plan previo al otorgamiento de permisos de investigación de tierras raras, «esa misma legislación tampoco lo exige para otros minerales y sin embargo han sido objeto de planificación en ejercicio de la competencia de la Consejería en materia de actividad minera», por lo que «es incongruente que la generalidad de los recursos minerales energéticos en Castilla-La Mancha haya sido objeto de planificación y evaluación ambiental estratégica y la extracción de tierras raras no deba serlo, a pesar de sus potenciales y significativos impactos sobre el medio ambiente y sobre el desarrollo socioeconómico de la zona».

Evidencia científica sobre efectos perjudiciales de minería de tierras raras

Finalmente, la Plataforma ha manifestado su total rechazo a las opiniones vertidas por Enrique Burkhalter, director de proyectos de Quantum, al afirmar que los estudios internacionales sobre minería de tierras raras dados a conocer por la Plataforma no pueden equipararse a los proyectos que su empresa pretende llevar a cabo.

Por una parte, el informe de la Agencia de Protección del Medio Ambiente de los Estados Unidos (EPA), desarrollado en colaboración con el Laboratorio Nacional de Investigación de Gestión de Riesgos analiza, apunta ‘Sí a la Tierra Viva’, en un contexto general una amplia selección de literatura científica existente sobre el tema a nivel mundial e incluso en su introducción reconoce que «proporciona una descripción de las muchas facetas ambientales de la minería de tierras raras». Por otra, la investigación científica sobre la minería de la monacita llevada a a cabo por un equipo liderado por el toxicólogo Boris Katsnelson, si bien analiza un caso concreto en los Urales de monacita con altos porcentajes de torio y uranio en su composición, parte de una serie de generalidades imposibles de cuestionar al afirmar que «los trabajadores empleados en la minería, procesamiento y almacenamiento de la monacita están en riesgo de exposición al polvo con efectos adversos sobre la salud», que afectan sobre todo a órganos internos, «el hígado en particular», y que son conocidos efectos adversos sobre los procesos metabólicos dado que los óxidos solubles y los fosfatos presentes en el mineral son «altamente citotóxicos» y fuentes de enfermedad como neumoconiosis, toxicidad sistémica y efectos irritantes, incide la Plataforma

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