Comienzan los trámites para las elecciones al campo en Extremadura

urna

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de la Junta de Extremadura, abrirá el 30 de diciembre el plazo de consulta del censo provisional agrario

Según establece el artículo 299 de la Ley 6/2015 Agraria de Extremadura, la representatividad de las organizaciones agrarias se determinará mediante procedimiento electoral entre quienes cuenten con la condición de electores/as.

En las elecciones al campo que se celebrarán en 2022 podrán votar las personas físicas, mayores de edad, que posean vecindad administrativa en Extremadura que estén afiliadas a la Seguridad Social y en alta como trabajadores agrarios por cuenta propia o autónomos, si no han obtenido una ayuda por cese anticipado en la actividad agraria.

También podrán votar las personas jurídicas, con domicilio social y fiscal en Extremadura, que reúnan los requisitos de sociedad mercantil y cuyo objeto social sea la actividad agraria, acreditada en un 50 por ciento sobre su actividad total.

Desde el próximo día 30 de diciembre, las personas físicas podrán consultar en todos los Ayuntamientos de Extremadura, durante 15 días naturales, los datos que sobre ellas contiene el censo provisional y podrán presentar reclamaciones a su contenido.

Asimismo, las personas jurídicas podrán solicitar durante ese mismo periodo su inclusión en el censo.

Tanto las reclamaciones como las solicitudes de inclusión se realizarán según el modelo que se incluye como Anexo en la Resolución de la Dirección del Censo que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el mismo día 30 de diciembre.

Publicidad

Dejar una respuesta

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí