Ya se pueden solicitar devoluciones de las cotizaciones de azúcar

De las campañas 1999/2000 y 2000/2001

El Ministerio de Hacienda ha abierto el plazo para que los fabricantes de azúcar e isoglucosa y los vendedores de remolacha españoles puedan solicitar a lo largo de un mes las devoluciones de las cotizaciones a la producción en el sector de las campañas de comercialización 1999/2000 y 2000/2001.

Hacienda ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden para establecer el procedimiento de reintegro de dichas cotizaciones, que según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 9 de febrero de 2017, se calcularon erróneamente entre 1999 y 2001.

La sentencia obliga a la Unión Europea (UE) la devolución de 195,3 millones de euros a los productores comunitarios, de los cuales, 93,1 millones corresponden a tasas y 102,2 millones a intereses generados.

El Consejo de Ministros de Agricultura de la UE fijaba en febrero pasado a través de un reglamento las nuevas cotizaciones de azúcar y explicaba en un comunicado que el cálculo erróneo anterior inducía a los productores a una “sobrefacturación”.

La normativa publicada apunta que las devoluciones a los fabricantes y a los vendedores deben incluir los intereses de demora correspondientes y que las solicitudes para el reintegro se han de presentar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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